Los inmuebles con más de 50 años, un centenar de viviendas en total, deberán conocer el estado del edificio y las reformas a acometer para cumplir criterios de accesibilidad o eficiencia energética. Los propietarios están obligados a presentar un informe que deberá ser realizado por un arquitecto o arquitecto técnico.
La vida útil de un edificio se calcula para 50 años, de ahí que la administración requiera estos informes.
En la mayoría de ocasiones son reformas superficiales que buscan que sean más eficiente desde el punto de vista energético o que sean accesibles para personas con movilidad reducida.
Una vez realizado el informe, este debe ser presentado en la Administración a través del Registro General del Ayuntamiento.
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